Revisar las reglas de origen

¿Qué son las reglas de origen?

Las reglas de origen son los criterios que determinan cuándo un producto puede considerarse originario del Mercosur y, por lo tanto, acceder a las preferencias arancelarias previstas en el acuerdo.

Su objetivo es asegurar que los beneficios negociados se apliquen a bienes que efectivamente incorporen producción o valor agregado dentro de la región.

Criterios de origen aplicables y herramienta ROSA

Las reglas de origen varían según el producto y su clasificación arancelaria. Para conocer el criterio de origen aplicable en cada caso, las empresas pueden utilizar Rules of Origin Self-Assessment (ROSA), una herramienta desarrollada por la Unión Europea que permite consultar las condiciones que debe cumplir un producto para ser considerado originario y acceder a las preferencias arancelarias previstas en el acuerdo.

Autocertificación de origen

El acuerdo establece como sistema definitivo la declaración de origen (sistema de autocertificación). Mediante este sistema, el propio exportador declara, en la factura o cualquier otro documento comercial que describa la mercadería, que el producto cumple las normas aplicables. Esta declaración puede ser verificada posteriormente por las autoridades aduaneras.

Al momento de realizar la declaración de origen (autocertificación de origen) se debe tener presente que:

  • El número de referencia del exportador es el RUT.
  • En el origen preferencial se debe indicar Mercosur.
  • La declaración de origen siempre debe estar firmada, para ello, está habilitada la firma electrónica avanzada. Esta firma debe ser de un responsable legal de la empresa y se debe indicar el nombre de quien firma, lugar y fecha (si no coincide con el del documento comercial).
  • No se debe agregar información (sellos, firmas, referencias) de terceros que hayan participado.
  • El texto de la declaración no debe tener modificaciones, salvo para indicar qué productos son alcanzados por la misma en caso de que la factura o documento utilizado incluya productos no originarios.

Durante un período transitorio de tres años, las exportaciones del Mercosur podrán continuar utilizando el sistema tradicional de certificación de origen emitida por entidades habilitadas, mientras se avanza hacia la implementación plena del nuevo sistema de autocertificación. El acuerdo prevé la posibilidad de extender este período por hasta dos años adicionales. Este certificado de origen puede ser emitido en formato papel o digital (PDF con firma digital).

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