Uruguay XXI, la agencia de promoción de inversiones, exportaciones y marca país de Uruguay, entre otras funciones, apoya gratuitamente a los inversores extranjeros que están evaluando realizar una inversión en Uruguay. Con gusto lo ayudaremos brindándole la información que precise como, por ejemplo, datos macroeconómicos, del mercado de trabajo, impuestos y aspectos legales, programas de incentivo a las inversiones, localización y costos. A su vez, en caso de venir de visita al país, lo ayudaremos a preparar su agenda de reuniones, facilitándole contactos con los principales actores, como ser entidades de gobierno, cámaras empresarias, instituciones financieras y estudios jurídicos, entre otros.

Puede contactarse con nosotros por el teléfono +598 2915 3838 o por mail a invest@uruguayxxi.gub.uy.

No existen requisitos previos o permisos necesarios para que un inversor extranjero opere en Uruguay, pudiendo optar por operar a través de cualquier forma de organización empresarial, incluyendo sucursales de personas jurídicas del exterior. En cualquiera de los formatos elegidos, los socios no precisan tener nacionalidad ni residencia uruguaya. Lo que sí se precisa es tener un domicilio fiscal en Uruguay.

En caso de constitución de una nueva entidad jurídica, los tipos societarios más usados son Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada. En Uruguay hay tres maneras de abrir una Sociedad Anónima o una Sociedad de Responsabilidad Limitada:

1. Tramite Tradicional. Para un mayor detalle de este trámite puede acceder al Capítulo “Establecer una Empresa” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

2. Abrir una empresa a través del programa Empresa en el Día. Este es un servicio de apertura de empresas que brinda el Estado uruguayo, sin costos adicionales y que, en un sólo trámite, permite constituir e inscribir una empresa. Actividades que no pueden inscribirse en Empresa en el Día: Sociedades Anónimas Nominativas, Agropecuarias, Bancarias y Financieras, De renta, Personal de embajadas, Personal de organismos internacionales, Seguros, Servicio doméstico, Titular de obras y Zonas francas.

3. Comprar una empresa existente (que no ha sido utilizada) a un estudio jurídico.

En el caso de las sucursales de empresas extranjeras que quieran registrarse como tal, existe un único método para constituir la empresa, que puede extenderse varios meses, si bien la sucursal puede operar desde que se inician los procedimientos de instalación.

Para acceder a un mayor detalle de los tipos de empresa existentes en Uruguay y los procedimientos para abrir una, vea el Capítulo “Establecer una Empresa” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

Uruguay XXI pone a su disposición informes sectoriales, que incluyen información sobre las diferentes oportunidades de inversión y presentan las ventajas competitivas del Uruguay, el mercado uruguayo y regional, las empresas instaladas en el país, las inversiones realizadas en forma reciente, los incentivos generales y específicos existentes y las perspectivas de futuro de los sectores.

Podrá acceder a informes sectoriales relativos a: Aeronáutico, Automotor y Autopartes, Ciencias Biológicas, Energías Renovables, Forestal, Lácteos, Industria Naval, Infraestructura y construcción, Logística, Maquinaria Agrícola, Pesca y Acuicultura, Servicios Globales de Exportación, Sistema Financiero, Turismo y Real Estate.

Si necesita información a medida que no encuentre dentro del informe elaborado por el Instituto, contáctese con Uruguay XXI que le facilitaremos información personalizada para contestar sus preguntas específicas, como ser datos macroeconómicos, mercado de trabajo, impuestos y aspectos legales, programas de incentivo a las inversiones, localización, y costos.

Desde Uruguay usted podrá acceder a varios mercados con acceso preferencial, siempre que cumpla el régimen de origen establecido en cada acuerdo.

Uruguay es parte junto con Brasil, Argentina, Paraguay y Venezuela del Mercado Común del Sur (MERCOSUR). Todos los productos exportados por Uruguay, con excepción de productos del sector automotriz o azúcar, reciben una preferencia del 100% del arancel vigente al ingresar a otro de los países del Mercosur. En el sector automotriz Uruguay tiene acuerdos bilaterales vigentes con Argentina, Brasil y Venezuela por los cuales también se beneficia de acceso preferencial.

Uruguay ha suscrito, como parte del Mercosur o por sí mismo, una serie de acuerdos comerciales que le permiten acceder a otros mercados más allá del Mercosur con preferencia arancelaria.

Uruguay suscribió además con México un Acuerdo de Libre Comercio bilateral (2003), que permite la libre circulación de bienes y servicios entre ambos países (arancel cero) desde junio de 2004, con ciertas excepciones cuyo tratamiento se encuentra expresamente previsto.

El MERCOSUR ha suscrito acuerdos comerciales con varios países de América Latina: Chile (1996), Bolivia (1996), Colombia, Ecuador y Venezuela (2004), Perú (2005) y Cuba (2006). Con México (2002) se firmó un acuerdo que abarca exclusivamente el sector automotriz. Fuera de la región, el Mercosur ha firmado acuerdos con Israel (2007), India (2004), SACU (2008), Egipto (2010) y Palestina (2011). El acuerdo con Palestina aún no ha entrado en vigencia.

Este conjunto de acuerdos permite que desde Uruguay el inversor acceda a un mercado regional de 400 millones de consumidores.

Para acceder a un mayor detalle de los acuerdos suscriptos, vea el Capítulo “Acuerdos Internacionales” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

Para poder obtener un certificado de origen deberá acercarse a alguna de las entidades autorizadas para emitir certificados, ante las cuales deberá presentar bajo formato de declaración jurada la información necesaria para emitir el certificado. Los certificados de origen son pagos.

Las entidades autorizadas para emitir certificados son la Cámara de Industrias del Uruguay, Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y Cámara Mercantil de Productos del País la certificación de origen. En el caso de productos del sector automotriz la certificación se delega en la Dirección Nacional de Industrias del MIEM. Acceda a la información de contacto de estas entidades en nuestra “Guía de servicios”.

El régimen de origen que tiene que cumplir para exportar desde Uruguay depende del país al cual quiera exportar. Los acuerdos suscriptos por Uruguay se rigen o bien por una regla general (en la cual todos los productos deben cumplir con la misma regla de origen), o bien por Requisitos Específicos de Origen - REOS (en la cual cada producto tiene especificada la regla de origen que debe cumplir) o bien por una combinación de ambas.

Por mayor información sobre los acuerdos internacionales vigentes y las reglas de origen, diríjase al capítulo sobre “Acuerdos internacionales” de nuestra Guía del Inversor.

Uruguay tiene actualmente 31 acuerdos vigentes de Promoción y Protección de Inversiones, tres de los cuales (Chile, Estados Unidos y México) incluyen disposiciones de liberalización. Los acuerdos suscriptos con Alemania, Armenia, Australia, Bélgica-Luxemburgo, Canadá, China, Corea del Sur, El Salvador, España, Finlandia, Francia, Hungría, Israel, Italia, Japón, Malasia, Países Bajos, Panamá, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia, Suiza, Venezuela, Vietnam son acuerdos de post-establecimiento.

Los acuerdos suscriptos por Uruguay garantizan a los inversores extranjeros determinados principios como ser trato nacional, cláusula de la nación más favorecida, trato justo y equitativo, cláusulas vinculadas a la expropiación y la no restricción a las transferencias y el derecho a recurrir a mecanismos de solución de controversias internacionales de no respetarse lo pactado en el Acuerdo.

Para acceder a un mayor detalle de los acuerdos suscriptos, vea el Capítulo “Acuerdos Internacionales” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

Uruguay tiene 20 acuerdos vigentes para evitar la doble imposición con Alemania (2011), Argentina (2013), Bélgica (2017) Corea del Sur (2013), Ecuador (2012), Emiratos Árabes Unidos (2016), España (2011), Finlandia (2013), Hungría (1993), India (2013), Liechtenstein (2012), Luxemburgo (2017), Malta (2012), México (2010), Portugal (2012), Reino Unido (2016), Rumania (2014), Suiza (2011) y Vietnam (2016), encontrándose varios más en proceso de ratificación parlamentaria.

Para acceder a un mayor detalle de los acuerdos suscriptos, vea el Capítulo “Acuerdos Internacionales” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

La inversión en Uruguay, tanto nacional como extranjera, se encuentra declarada de interés nacional por Ley. El inversor extranjero goza de los mismos incentivos que el inversor local, no existiendo discriminación desde el punto de vista tributario ni restricciones para la transferencia de utilidades al exterior ni para la operativa en el mercado de cambios.

Uruguay dispone de una amplia gama de incentivos que se adaptan a distintos tipos de actividades, tanto industriales, como comerciales o de servicios que quieran realizarse en el país. Dentro de los principales incentivos disponibles se encuentran la ley de inversiones, los incentivos sectoriales, las zonas francas, el régimen de puerto y aeropuerto libre, los contratos de participación público-privada, los parques industriales y la admisión temporaria.

Para acceder a un mayor detalle de los incentivos vigentes, vea el Capítulo “Regímenes promocionales para la inversión” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

El régimen de promoción de inversiones se encuentra enmarcado en la Ley N° 16.906 y reglamentado por decretos 455/007 y 002/2012. La ley declara de interés nacional la promoción y protección de inversiones realizadas por inversores nacionales y extranjeros en el territorio nacional, otorgando beneficios fiscales generales y específicos, y garantizando la libre transferencia al exterior de capitales y de utilidades en moneda de libre convertibilidad.

Todos los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA), que realicen actividades industriales o agropecuarias tienen derecho a la exoneración del Impuesto al Patrimonio, del IVA y del Impuesto Específico Interno (IMESI) de los bienes muebles destinados directamente al ciclo productivo y de los equipos para el procesamiento electrónico de datos.

Asimismo, aquellas empresas de cualquier sector de actividad que presenten un proyecto de inversión que sea promovido por el Poder Ejecutivo, tendrán la posibilidad de acceder a los siguientes beneficios adicionales:

  • Exoneración del Impuesto al Patrimonio por toda la vida útil de bienes muebles de activo fijo, por ocho años para obras civiles radicadas en Montevideo y por diez años para obras civiles radicadas en el interior del país.
  • Exoneración de tasas o tributos a la importación de bienes muebles para activo fijo declarados no competitivos de la industria nacional.
  • Devolución del IVA en régimen de exportadores para la adquisición en plaza de materiales y servicios destinados a las obras civiles.
  • Exoneración del IRAE por un monto y plazo máximo que resultará de aplicar una matriz de objetivos e indicadores, que pondera generación de empleo (30%), descentralización (15%), aumento de las exportaciones (15%), producción más limpia o Inversión en investigación y desarrollo (20%) e indicadores sectoriales (20%). El impuesto exonerado será entre el 20% y el 100% del monto efectivamente invertido en los activos fijos o intangibles comprendidos en la declaratoria promocional. El plazo en que la empresa podrá gozar de la exoneración de IRAE se establece de acuerdo a una fórmula preestablecida y no podrá ser menor a 3 años.


Se encuentra disponible un simulador, cuyos resultados no son vinculantes, pero que podrá darle una correcta aproximación a los beneficios fiscales que obtendrá en el marco de la Ley 16.906.

Para acceder a un mayor detalle de los incentivos vigentes, vea el Capítulo “Regímenes promocionales para la inversión” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

La Ley de inversiones prevé que la declaratoria promocional pueda recaer en una actividad sectorial específica. En este marco han sido promovidos los siguientes sectores:

  • Call Centers,
  • Industria Naval y Electrónica,
  • Fabricación de Maquinarias y Equipos Agrícolas,
  • Generación de Energía,
  • Turismo,
  • Sector Forestal,
  • Tratamiento y disposición final de residuos sólidos industriales,
  • Fabricación de vehículos y equipos para el transporte de carga,
  • Hidrocarburos e
  • Industria de biotecnología.


Las empresas pertenecientes a los sectores que sean beneficiados por una declaratoria promocional en el marco de la Ley de inversiones, deberán presentarse ante la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) para acceder al referido beneficio

Asimismo, existen otra serie de beneficios sectoriales otorgados por Uruguay al margen de lo dispuesto por la Ley de Inversiones. Dentro de estos incentivos pueden mencionarse los otorgados a:

  • Intermediación financiera externa,
  • Forestación,
  • Industria gráfica,
  • Navegación marítima o aérea,
  • Software (soportes lógicos),
  • Vehículos o autopartes,
  • Biocombustibles,
  • Industria de la comunicación y
  • Vivienda.


Para acceder a un mayor detalle de los incentivos vigentes, vea el Capítulo “Regímenes promocionales para la inversión” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

Actualmente existen once Zonas Francas en Uruguay, ubicadas en las ciudades de Canelones, Colonia, Colonia Suiza, Florida, Fray Bentos, Libertad, Montevideo, Nueva Palmira, y Punta Pereira.

Como usuario de una Zona Franca, podrá desarrollar actividades comerciales, industriales o de servicios, exento de todo tributo nacional, creado o a crearse, incluso de aquellos en los que por ley se requiera exoneración específica, respecto de las actividades que se desarrollan en la misma. En particular, se destaca la exoneración del Impuesto a la Renta, IVA, Impuesto al Patrimonio, Impuesto Específico Interno e Impuesto al Control de las Sociedades Anónimas. El Estado, bajo responsabilidades de daños y perjuicios, asegura al usuario durante la vigencia de su contrato las exoneraciones tributarias, beneficios y derechos que la ley brinda. La excepción existente en materia de exoneraciones son las contribuciones a la seguridad social del personal uruguayo empleado.

A la hora de instalarse en una zona franca deberá tener en cuenta que las personas jurídicas que se instalen en calidad de usuarios de zonas francas deberán tener por único objeto la realización de estas actividades en el territorio nacional y que salvo casos excepcionales, el 75% del personal deberá ser uruguayo. El personal extranjero puede optar por contribuir a la seguridad social en su país de origen.

Para acceder a un mayor detalle de se recomienda leer Zonas Francas en Uruguay, elaborado por Uruguay XXI.

Para acceder a un mayor detalle de los incentivos vigentes, vea el Capítulo “Regímenes promocionales para la inversión” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

En las Zonas Francas pueden realizarse actividades industriales, comerciales o de servicios, destinadas a la exportación, y en la mayor parte de los casos, también al mercado interno de Uruguay (no se permite el comercio al por menor dentro de zonas francas).

Los bienes producidos en zonas francas pueden ser vendidos en el territorio aduanero del Uruguay sin restricción, previo pago de todos los derechos de aduana e impuestos. En materia de servicios, se pueden prestar todo tipo de servicios desde zonas francas hacia el territorio no franco siempre y cuando los mismos se presten a empresas contribuyentes de IRAE.

Las ventas de bienes desde Zonas Francas a otros países, están en algunos casos alcanzadas por las preferencias negociadas por Uruguay en el marco de sus acuerdos comerciales. Este es el caso de las exportaciones amparadas en los acuerdos con Chile, México, Israel, India, Colombia, Ecuador, Cuba y Venezuela. En el caso particular del MERCOSUR, las ventas desde Zonas Francas están sujetas al pago del Arancel Externo Común, salvo por productos específicamente establecidos en acuerdos bilaterales.

Para acceder a un mayor detalle de los acuerdos suscriptos, vea el Capítulo “Acuerdos Internacionales” y el correspondiente a los “Regímenes promocionales para la inversión” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

Uruguay cuenta con un régimen de puerto y aeropuerto libre, en los puertos de Montevideo, Colonia, Fray Bentos, La Paloma, Nueva Palmira, Paysandú y Puerto Sauce así como en el Aeropuerto Internacional de Carrasco.

Al operar en un puerto libre podrá circular libremente sus mercaderías sin necesidad de autorizaciones ni trámites formales. Durante su permanencia en el recinto aduanero portuario, sus mercaderías estarán exentas de todos los tributos y recargos aplicables a la importación, pudiendo realizarse operaciones sobre la mercadería que añadan valor a la misma sin modificar su naturaleza.

A diferencia de lo que sucede con el régimen de Zonas Francas, las mercaderías que utilizan el régimen de Puerto o Aeropuerto libre no pierden origen, tanto sean reexportadas en idénticas condiciones a las que fueron importadas como en caso de que hayan estado sujetas a operaciones que no alteren la naturaleza del producto ni su carácter originario. En este sentido, varios de los acuerdos suscriptos por Uruguay, incluyendo el Mercosur e Israel, incluyen un sistema de certificados de origen derivados que permite realizar el tipo de operaciones previstas en el régimen de Puerto Libre.

Para acceder a un mayor detalle de los incentivos vigentes, vea el Capítulo “Regímenes promocionales para la inversión” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

En 2011 se aprobó la Ley de Participación Público Privada (Ley No 18.786, de 19 de julio de 2011) que establece el marco regulatorio para los contratos de participación público-privada (PPP). Estos contratos son realizados por la Administración Pública que encarga a una persona de derecho privado, por un período determinado, el diseño, la construcción y la operación de infraestructura, además de la financiación. Están incluidas en esta modalidad las obras viales, ferroviarias, portuarias, aeroportuarias, de infraestructura energética, de disposición y tratamiento de residuos y de infraestructura social (centros de salud, viviendas de interés social, etc.).

Para acceder a un mayor detalle de los incentivos vigentes, vea el Capítulo “Regímenes promocionales para la inversión” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

Vea las “Oportunidades de Inversión en Infraestructura” disponibles mediante esta modalidad.

Uruguay cuenta con un régimen, la Admisión Temporaria (AT), que le permite introducir a plaza, exento de tributos, mercaderías extranjeras procedentes del exterior del territorio aduanero nacional, siempre que se cumpla con fines y requisitos preestablecidos. Estas mercaderías deben ser exportadas después de haber sido objeto de una transformación, elaboración, reparación o agregación de valor determinados, con efectiva ocupación de mano de obra. Previa autorización, se admite asimismo la reexportación o la nacionalización de las mercaderías, en el estado en que fueron introducidas.

El LATU es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de las operaciones de Admisión Temporaria a través de: la autorización para utilizar el régimen, la determinación de los coeficientes de consumo, la verificación física de los stocks, y la cancelación de las operaciones cursadas.

El régimen de AT es también aplicable a las máquinas y equipos de cualquier origen, que ingresen para un fin determinado y para la entrada de bienes incluidos en un Proyecto de Inversión que se encuentre a análisis de la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP), siempre y cuando no sean productos competitivos de la industria nacional. En este caso el organismo implicado, salvo para el caso de la maquinaria agrícola, es el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). En el caso de que el régimen de AT se utilice para importar maquinaria agrícola, el trámite deberá realizarse en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP).

Para acceder a un mayor detalle de los incentivos vigentes, vea el Capítulo “Regímenes promocionales para la inversión” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

Existen diversos mecanismos de fijación de salarios, a través de la negociación individual con cada trabajador en su contrato de trabajo, a través de la negociación bipartita con la firma de convenios colectivos entre empresa y sindicatos o a través de negociación tripartita en la que el gobierno participa junto a trabajadores y empleadores en la fijación de sueldos mínimos por categoría y reajustes semestrales a través de los Consejos de Salarios (órganos tripartitos integrados por delegados del Estado, de los trabajadores y de los empleadores).

Por información sobre niveles salariales específicos, contáctese con Uruguay XXI que conseguiremos esa información para usted. Vea nuestra “Guía de Costos” para acceder a los principales costos de instalación y niveles salariales de referencia.

Se presenta un cuadro con los costos laborales a cargo del empleador. Se debe tener presente que en Uruguay estos costos son los mismos independientemente del sector de actividad de la empresa, a excepción del sector agropecuario.

A cargo del empleador

Incrementos porcentuales

Salario Nominal

100%

100,00%

Aguinaldo (13º sueldo)

8,33%

108,33%

Salario Vacacional (sueldo extra por 20 días)

4,47%

112,80%

Cargas sociales y beneficios (1)
(aplicable sobre salario y aguinaldo)

12,625%

126,48%

Seguro de accidentes de trabajo
(aplicable sobre salario y aguinaldo) (2)

0,98%

127,54%


(1) Cargas sociales y beneficios a cargo del empleador: aporte jubilatorio: 7,5%; seguro de salud: 5%; fondo de reconversión laboral: 0,125%
(2) En territorio no franco, a este seguro se le deben agregar los impuestos (2% de salud pública + 22% IVA, recuperable)

Puede acceder a información sobre costo de alquiler y compra de locales y terrenos, costo de construcción y precio de la tierra en el Informe de “Costo de Instalación y Funcionamiento de una Empresa en Uruguay” de Uruguay XXI.

Para acceder a un mayor detalle de los tipos de empresa existentes en Uruguay y los procedimientos para abrir una, vea el Capítulo “Establecer una Empresa” de la Guía del Inversor, elaborado por Uruguay XXI.

Si necesita información a medida que no encuentre dentro del informe elaborado por el Instituto, no dude en contactarse con nosotros que con gusto lo ayudaremos.

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